LA OMC EMITE EL INFORME DEL GRUPO ESPECIAL SOBRE LAS SUBVENCIONES DE CHINA A LA AGRICULTURA

28 febrero, 2019

Consultas Reclamación presentada por los Estados Unidos El 13 de septiembre de 2016, los Estados Unidos solicitaron la celebración de consultas con China en relación con determinadas medidas por medio de las cuales China parece otorgar ayuda interna a los productores agropecuarios, en particular, a los que producen trigo, arroz Indica, arroz Japonica y maíz. […]

Consultas

Reclamación presentada por los Estados Unidos

El 13 de septiembre de 2016, los Estados Unidos solicitaron la celebración de consultas con China en relación con determinadas medidas por medio de las cuales China parece otorgar ayuda interna a los productores agropecuarios, en particular, a los que producen trigo, arroz Indica, arroz Japonica y maíz.

Los Estados Unidos alegaron que las medidas parecen ser incompatibles con las siguientes disposiciones:

  • el párrafo 2 del artículo 3, el párrafo 3 del artículo 6 y el párrafo 2 b) del artículo 7 del Acuerdo sobre la Agricultura.

El 29 de septiembre de 2016, la Unión Europea solicitó ser asociada a las consultas. El 30 de septiembre de 2016, Australia, el Canadá y Tailandia solicitaron ser asociados a las consultas. El 5 de octubre de 2016, Filipinas solicitó ser asociado a las consultas. Posteriormente, China informó al OSD de que había aceptado las solicitudes de ser asociados a las consultas presentadas por Australia, el Canadá, Tailandia y la Unión Europea.

Procedimientos del Grupo Especial y del Órgano de Apelación

El 5 de diciembre de 2016, los Estados Unidos solicitaron el establecimiento de un grupo especial. En su reunión de 16 de diciembre de 2016, el OSD aplazó el establecimiento de un grupo especial.

En su reunión de 25 de enero de 2017, el OSD estableció un Grupo Especial. Se reservaron sus derechos en calidad de terceros la Arabia Saudita, Australia, el Brasil, el Canadá, Colombia, Corea, el Ecuador, Egipto, El Salvador, la Federación de Rusia, Filipinas, Guatemala, la India, Indonesia, Israel, el Japón, Kazajstán, Noruega, el Pakistán, el Paraguay, Singapur, Tailandia, el Taipei Chino, Turquía, Ucrania, la Unión Europea y Viet Nam.

Tras el acuerdo alcanzado por las partes, el 24 de junio de 2017 se estableció la composición del Grupo Especial.

El 22 de febrero de 2018, el Presidente del Grupo Especial informó al OSD de que el Grupo Especial esperaba dar traslado de su informe definitivo a las partes como muy pronto en el tercer trimestre de 2018, de conformidad con el calendario adoptado tras consultar con estas. En su comunicación, el Presidente también informó al OSD de que el informe se pondría a disposición del público después de haberse distribuido a los Miembros en los tres idiomas oficiales, y de que la fecha de distribución dependía de la finalización de la traducción. El 27 de julio de 2018, el Presidente del Grupo Especial informó al OSD de que el Grupo Especial esperaba dar traslado de su informe definitivo a las partes a más tardar en diciembre de 2018, debido a las circunstancias de esta diferencia y de conformidad con el calendario adoptado en consulta con las partes. En su comunicación, el Presidente también indicó que el informe se pondría a disposición del público una vez se distribuyera a los Miembros en los tres idiomas oficiales, y de que la fecha de distribución dependería de la finalización de la traducción.

El informe del Grupo Especial se distribuyó a los Miembros el 28 de febrero de 2019.